21/08/2015

El tema de la tercera jornada del juicio fue el debate de las cuestiones preliminares planteadas por los abogados defensores y las respuestas dadas por la Fiscalía y las querellas. 
Según el Código Penal, este es el momento en que las defensas pueden oponerse a las acusaciones y cuestionar hasta la validez del juicio o el derecho del querellante para acusar.

Con la única excepción de Beraja y Stinfale, que no hicieron ningún planteo contra la acusación de ser partícipes secundarios del delito de peculado por el pago a Telledín, la atención estuvo centrada en los planteos defensivos de Galeano, los fiscales Mullen y Barbaccia, el ex presidente Menem y Anzorreguy.
Menem, Galeano y Anzorreguy

En general, las defensas reiteraron planteos ya resueltos contra ellos en todas las instancias de apelación previas, desde la Cámara de Apelaciones hasta la Corte Suprema. Pidieron que el Tribunal declare nulas las principales acusaciones, apoyándose en las diferencias menores que pudieran existir entre la acusación oficial de la Fiscalía y los acusadores particulares y por este camino, sacar del juicio a las querellas de los grupos de familiares a quienes también cuestionaron por no considerarlos “damnificados directos” de sus delitos. 

Qué dijeron? 

Los principales argumentos fueron planteados por las defensas de Galeano y Menem.


La defensa de Galeano dijo que la acusación es ajena a los delitos de Lesa Humanidad y a graves violaciones a los derechos humanos en general, como por ejemplo torturas, desapariciones forzadas o ejecuciones sumarias. Señaló que ninguna de estas situaciones está presente o es reclamada en la acusación Fiscal.
Consideró que el supuesto encubrimiento sobre Kanoore Edul o la acusación por privación ilegítima de la libertad y coacción de la entonces acusada Miriam Salinas no tienen una relación causal con delitos de Lesa Humanidad. Por ello pidió que se declare la nulidad de la acusación o su prescripción para no ser perseguido penalmente por ello.


A su turno, la defensa de Menem adhirió en general a los argumentos anteriores, alegando que no se trata de un crimen de Estado y que la “prueba es inexistente e insuficiente”.
Se presentó como víctima de una persecución donde no podría defenderse, alegando estar obligado al silencio por “una cuestión de Estado” dado su conocimiento de secretos que pueden afectar las relaciones exteriores del país. Recordó que fue su gobierno el que invitó a otros servicios de inteligencia internacionales (mencionó sólo a la CIA, Mossad, MI6 y brasileros) a investigar el atentado, motivo por el cual él tiene conocimiento de información aún reservada.
Llama la atención su exigencia para que el Congreso Nacional lo libere de esta supuesta obligación de silencio, cuando es la presidente Kirchner quien detenta esa potestad por ley.


Por motivos parecidos, Anzorreguy  también se escuda en la obligación que, por decreto, tiene para guardar secreto sobre todo lo vinculado con la Inteligencia extranjera como límite para poder ejercer su defensa. 

Un par de observaciones

Es importante tomar nota que en la primera oportunidad que tuvieron, los acusados pusieron el dedo en la llaga de la debilidad estructural del proceso. La acusación, concebida por el Fiscal Nisman y continuada por la fiscalía y el Ministerio de Justicia, no logra vincular entre sí los distintos hechos “irregulares” de la acción judicial con los no menos irregulares de la acción política y legislativa. La acusación, entonces, tiene sabor a poco.

Después de 21 años, los representantes del Estado no logran explicar (ni aceptan) la existencia de una planificación criminal por parte del Estado, que comprende la no investigación judicial y el encubrimiento dado por jueces y fiscales, y que se continúa hasta hoy manteniendo “secretos de Estado”.
Lo que se oculta a la vista pública es la necesidad de clarificar cuál fue la responsabilidad del Estado en la comisión del atentado y su encubrimiento posterior.
Menem, Anzorreguy o Galeano no están siendo juzgados por delitos de Lesa Humanidad o por graves violaciones a los derechos humanos: son acusados por delitos que parecen menores, desvinculados entre sí y ajenos a una acusación integral.

Las palabras del defensor de Menem son un recordatorio y una advertencia de los límites que aceptan para la discusión:
“Estamos en un juicio por cuestiones colaterales y no para tratar de descubrir la verdad sobre el triste atentado".

Otro hecho para puntualizar es la colaboración de la querella de DAIA/AMIA para con Galeano y la de Ribelli para con Telleldín.
Galeano se apoyó en la acusación de DAIA/AMIA. Éstos sostienen que Telleldín había hecho una declaración libre, no direccionada a fabricar una acusación falsa y negociar su propia libertad.
A su turno, Telleldín se apoyó en Ribelli para defenderse del delito de peculado y cuestionar a las otras querellas que lo acusan. Dijo que si el damnificado directo por la compra de su declaración (Ribelli) no lo acusa, es un absurdo que lo cuestionen  aquellos que no fueron víctimas directas de su delito.

Buenos muchachos…